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NUEVO REGIMEN DE FACTURACION E INFORMACIÓN PARA EMPRESAS PRESTADORAS DE SERVICIOS PUBLICOS MEDIDOS

Las operadoras del servicio de agua corriente, cloacas, gas y energía eléctrica se aprestan a poner en marcha un operativo de actualización de datos.

 La movida se encuadra en las nuevas normas de facturación y de información a las autoridades que estableció la resolución 3571 de la AFIP. A partir de abril, las prestadoras de servicios públicos deberán emitir facturas electrónicas de todos los consumos hogareños y suministrar al ente recaudador una serie de datos referidos tanto al “servicio brindado”, como al titular del inmueble que recibe dicho suministro.

En línea con la intención oficial de recortar los subsidios en función de los ingresos familiares y con el fin de cumplir las nuevas exigencias de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), las empresas de servicios públicos saldrán a pedirle a sus usuarios que informen si son propietarios o inquilinos y en que condición impositiva se encuentran.

Las operadoras del servicio de gas a nivel nacional, las distribuidoras eléctricas de la región metropolitana y la empresa estatal AySA se aprestan a poner en marcha un amplio operativo de actualización de datos de sus clientes residenciales que irán a parar a los registros informativos que posee la AFIP.

Para obtener la información que hoy no tienen y que les reclama el organismo fiscal conducido por Ricardo Echegararay, las empresas prevén enviar, junto con las próximas boletas, un formulario especial que deberá ser contestado por los usuarios hogareños.

Con respecto al “servicio facturado”, las empresas tendrán que informarle a la AFIP los siguientes datos: tipo y cantidad de consumo, categoría tarifaria, período de facturación, domicilio, nomenclatura catastral, fechas de los vencimientos del primer y segundo pago, importe por cargo fijo, valor del cargo variable y el monto de los subsidios que aporta la Nación.

La remisión de esta parte de los datos no reviste grandes complicaciones para las empresas. Pero no sucede lo mismo con la información vinculada con los consumidores finales.

Según las normas aprobadas por la AFIP, las compañías tienen que proveerle los siguiente datos: el apellido y nombre del titular de servicio, el documento de identidad, el número de CUIT, CUIL o CDI; su categorización impositiva y su condición de propietario o no del inmueble.

El gran problema de las empresas es que no cuentan con esos datos. Más del 70% de los usuarios no tiene actualizada la titularidad de los servicios. Están a nombre de familiares fallecidos o de los anteriores propietarios de las viviendas. Además, la mayor parte de los inquilinos no cumple con el trámite de poner transitoriamente los servicios a su nombre.

La única manera de obtener esos datos que tienen las empresas es salir a pedírselos a los propios usuarios y esperar que éstos acepten responder.

Fuente: IProfesionales 25/03/2014


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Mar 28, 2014 Categoría: Noticias Enviado por: administrador