Cuadro tarifario del servicio de recolección y tratamiento de R.S.U.

Modificación de categorías aplicables al Servicio Integral de Recolección y tratamiento de Residuos.

Autorizadas por el Honorable Concejo Deliberante, desde la facturación del mes de DICIEMBRE de 2018 mediante Ordenanza 43/18

 

Referencia:  ORDENANZA Nº43/2018.

CATEGORIAS DE TASAS:

Casa de Familia residencial

Casa de Familia jubilado

Comercio A1: Artesanías, Armerías, Casa de fotografía, Cerrajerías, Depósitos, Gimnasios, Cotillón, Inmobiliarias, Instituciones, Lavaderos, Ópticas, Radios, Relojerías, Salas de juego, Sederías, Talleres afilaciones, Taller radiadores, Empresas de transportes, Oficinas de servicios, Oficinas públicas, Talleres alineación y balanceo, Taller costura, Zapatería, Consultorios profesionales privados, Tornerías, Semillas, agroquímicos y fertilizantes y demás actividades que por sus características de generación encuadren en esta categoría.

 

Comercio A2: Bares, Peluquerías, Taller televisión, Taller electricidad, Taller pintura, Imprentas, Mercerías, Pequeñas tiendas, Carpinterías, Mini talleres y demás actividades que por sus características de generación encuadren en esta categoría.

 

Comercio B: Bicicleticas, Casa de repuestos, Gomería, Heladerías, Kioscos, Panaderías, Pinturerías, Venta automotores, Venta motos, Verdulería, Vidrierías, Farmacias, Florerías, Forrajearías, Librerías, Taller de chapa, Taller de escapes, Taller mecánico en general y demás actividades que por sus características de generación encuadren en esta categoría.

 

Comercio C: Carnicerías, Club privado, Confiterías estar, Corralones materiales de construcción y/o eléctricos, Escuelas, Ferreterías, Salones de Fiesta, Consultorio profesional privado con recolección selectiva de patológicos, Mini Despensas, Herrerías, Rotiserías, Pizzerías, Tapicerías, Tiendas, y demás actividades que por sus características de generación encuadren en esta categoría.

 

Comercio D: Artículos del hogar, Avícolas, Bazar, Grandes Despensas, Gomerías con alineación, Jugueterías, Mayoristas comestibles, Mayorista de artículos rurales, Mueblerías, Polirrubros, Veterinarias y demás actividades que por sus características de generación encuadren en esta categoría.

 

Comercio E: Mayoristas de bebidas, Geriátricos, Hoteles, Moteles, Restaurantes, Residenciales, Supermercados, y demás actividades que por sus características de generación encuadren en esta categoría.

 

Comercio F: Clínicas, Boliches bailables, Estaciones de Servicio, Hipermercados, Industrias, Bancos, y demás actividades que por sus características de generación encuadren en esta categoría.

 

Comercio G: Clínicas de mayor generación de residuos, Hospitales Públicos, Estaciones de Servicio de mayor generación, Mayorista de Frutas y Verduras y demás actividades que por sus características de generación encuadren en esta categoría.

 

TARIFA VIGENTE A PARTIR DEL 01/02/22 POR APLICACIÓN DE LA FORMULA

Categoría	Costo Final	Costo Final	Costo
	        Recolección	Tratamiento	Total
Casa Flia	218,28	          430,42	648,70
Casa Jubilado	218,28	          111,56	329,83
Comercio A1	218,28	          430,42	648,70
Comercio A2	218,28	          522,31	740,59
Comercio B	218,28	          780,25	998,52
Comercio C	218,28	         1044,79       1263,06
Comercio D	218,28	         1320,91       1539,19
Comercio E	393,43	         2008,27       2401,70
Comercio F	1198,92	         4129,61       5328,54
Grandes Gener	1198,92	         8259,22       9458,15

 

                                                                                  

Los ajustes, resultan de aplicar la metodología de cálculo establecida en una fórmula polinómica que contempla la variación de los salarios de empleados de comercio y el precio de los combustibles, ponderados en un 90 y 10 por ciento respectivamente. Forma de actualización que se avala y rige desde la sanción de la Ordenanza Nº 07/2014.